Derivado de la tercera reforma a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 publicada el 18 de noviembre de dicho año, se añadió la obligación de incluir el “Complemento Carta Porte” en los CFDI de traslado utilizado para el transporte de mercancías”.
En este sentido, el pasado 01 de mayo del 2021 se publicó en el portal del SAT el complemento Carta Porte que se incorpora al CFDI de tipo Traslado para acreditar la posesión de las mercancías, brindando información sobre la procedencia y los destinos de las mercancías que se trasladan a través de los distintos medios de transporte, mismo que inicia su vigencia a partir del 01 de junio del 2021 y es obligatorio a partir del 30 de septiembre del 2021.
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