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El Servicio de Administración Tributaria puso al alcance de las personas físicas el nuevo “Visor de deducciones Personales”, el cual permite conocer todos los conceptos susceptibles de ser considerados deducciones personales en la declaración anual.
Antecedente.
En términos generales, el Código Fiscal de la Federación (en adelante CFF) en su artículo 69-B otorga la facultad a las autoridades fiscales de presumir la inexistencia de operaciones amparadas en comprobantes fiscales, cuando no se encuentren localizados los contribuyentes y/o no cuenten con activos, personal, infraestructura o capacidad material de su actividad que amparen tales comprobantes. Es importante señalar que la propia ley prevé un procedimiento para poder desvirtuar este tipo de operaciones inexistentes.
El pasado 29 de abril de 2019 fue publicado en el DOF, la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, misma que, en términos generales, entró en vigor el 30 de abril de 2019, con excepción de ciertas reglas en particular.
El día 16 de abril de 2019, se dio a conocer a través del Diario Oficial de la Federación una disposición que regula los programas de auto regularización para las personas obligadas en materia de prevención de lavado de dinero. Es importante señalar, que en el DOF establece que dicho programa entrara en vigor 45 días después de su publicación, es decir el día de hoy 21 de junio de 2019 entra en vigor