Experiencia

Conocimiento

Compromiso

Excelencia


A&A Asesores Internacionales, S.C.

Fue fundada en 2005, por un grupo de profesionales altamente experimentados y comprometidos, unidos por un sistema de valores compartidos. Copyright © 2005 - 2017 Asesores Internacionales S.C.

Aviso de privacidad

Publicaciones

Lee los últimos boletines y noticias relacionadas.

El 15 de febrero es el último día para presentar la Declaración Informativa Múltiple (DIM) que, aunque la reforma fiscal del 2014 eliminó la obligación de presentar algunos anexos de la misma, se deberán presentar los anexos IV, V, IX y X, ya que en caso de no hacerlo enfrentarán desde requerimientos del fisco hasta sanciones económicas.

Anexos por presentar:

Anexo 4: Información sobre residentes en el extranjero.

Los contribuyentes que obtengan préstamos por residentes en el extranjero presentarán esta información.

Anexo 5: De los regímenes fiscales preferentes.

Este anexo es para las personas físicas o morales residentes en México o en el extranjero con establecimiento permanente en el país.

Anexo 9: Información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.

Cuando los contribuyentes tengan operaciones con residentes en el extranjero que posean acciones o parte de estas en el país, así como la administración de una empresa, presentarán esta declaración.

Anexo 10: Operaciones efectuadas a través de fideicomisos.

El fideicomisario o fideicomitente que haya hecho operaciones a través de un fideicomiso que realiza actividades empresariales, entregará esta declaración informativa.

Resolución Miscelánea Fiscal para 2020.

El 28 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 (“RMF”), la cual entró en vigor el 1° de enero del presente año.

En términos generales la mayoría de las reglas vigentes en la RMF para 2019 se vuelven a publicar, asimismo, se adicionan las nuevas reglas correspondientes a la reforma fiscal vigente a partir del 1 de enero de 2020.

En el presente boletín realizaremos un resumen de las principales modificaciones relativas con el Código Fiscal de la Federación (“CFF”), y al Impuesto de Valor de Agregado (“IVA”).

Leer más.

De acuerdo con la reforma fiscal que entró en vigor este 2020 se generó entre los contribuyentes un conflicto en la interpretación acerca del artículo 1-A de la ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que obliga a la retención del 6% a las personas morales o físicas con actividad empresarial que reciban servicios en los que se pongan personal a disposición del contratante o de una parte relacionada de éste independientemente de la denominación que se le dé a la obligación contractual.

Por lo anterior, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer por medio de aclaraciones a los contribuyentes que sólo aplicará la retención del IVA cuando el contribuyente obtenga servicios del personal de un tercero, práctica conocida como outsourcing o tercerización.

De acuerdo con el artículo 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), se establecen los supuestos por los cuales la autoridad fiscal podrá restringir temporalmente el uso de los certificados de sello digital (CSD) para la expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI). A continuación, los supuestos:

Leer más.

Comparte algunas ideas

¿Tienes un consejo o una idea para un boletín? Cuéntanos sobre eso.
Compartir Idea

Acerca de A&A

Fundada en 2005, por un grupo de profesionales altamente experimentados y comprometidos, unidos por un sistema de valores compartidos.

Newsletter

Suscríbase a nuestro boletín y manténgase actualizado sobre las últimas noticias fiscales

Please enable the javascript to submit this form