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El 30 de septiembre del 2021 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, en su tercera versión anticipada, relativa al uso del complemento Carta Porte.
Dicha resolución adiciona las reglas 2.7.1.51.; 2.7.1.52.; 2.7.1.53.; 2.7.1.54.; 2.7.1.55.; 2.7.1.56. y 2.7.1.57., para quedar de la siguiente manera:
La 2.7.1.51 es referente al CFDI con el que los propietarios, poseedores, tenedores, agentes de transporte o intermediarios pueden acreditar el traslado de bienes o mercancías.
La 2.7.1.52 menciona el traslado local de bienes o mercancías.
La 2.7.1.53 trata la emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de paquetería o mensajería.
La 2.7.1.54 es alusiva a la emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de traslado de fondos y valores a nivel local.
La 2.7.1.55 es acerca de la emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de grúas, servicios auxiliares de arrastre y salvamento a nivel local.
La 2.7.1.56 refiere a la emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de transporte o distribución de hidrocarburos o petrolíferos a nivel local.
Y la 2.7.1.57 es concerniente a la emisión de CFDI con complemento Carta Porte en la prestación de servicios de transporte consolidado de mercancías.
De acuerdo con a la iniciativa, el gobierno mantiene el compromiso de no incrementar los impuestos ni crear nuevas contribuciones, con el objetivo de fomentar el consumo e incentivar la inversión, dotar de certidumbre a los hogares y empresas para la realización de las actividades económicas y favorecer la trayectoria de recuperación.
Sabías que de acuerdo con el Diario Oficial de la Federación de fecha 10 de septiembre de 2018 las Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) que tengan intención de participar en el capital social de la ITF, o que pretendan recibir una garantía acciones de capital social de una ITF tiene que presentar en Anexo 3 “FORMATO DE INFORMACIÓN PARA PERSONAS O FONDOS DE CAPITAL PRIVADO QUE TENGAN INTENCIÓN DEPARTICIPAR EN EL CAPITAL SOCIAL DE UNA ITF, O QUE PRETENDAN RECIBIR EN GARANTÍA ACCIONES DEL CAPITALSOCIAL DE UNA ITF”, emitido por la Comisión Nacional Bancaria de y de Valores (CNBV), en el cual se plasma información de la IFT y de quien pretenda participar como inversor.