El 29 de febrero es el último día para presentar la correcta emisión de CFDI de nómina del ejercicio 2019, de acuerdo con la modificación a la Regla 2.7.5.7. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020.
Esta regla aplica para los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2019 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión; sin embargo, podrán por única ocasión corregir éstos, siempre y cuando cumplan con la fecha límite.
Las condiciones y requisitos para la emisión son los siguientes:
- El nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 29 de febrero de 2020.
- Cancelar los comprobantes que se están sustituyendo.
- El CFDI de nómina que se emita en atención a esta facilidad se considerará emitido en el ejercicio fiscal 2019 siempre y cuando refleje como “fecha de pago” el día correspondiente a 2019 en que se realizó el pago asociado al comprobante.
Es importante mencionar que la aplicación del beneficio contenido en la regla no libera a los contribuyentes de realizar el pago de la diferencia no cubierta con la actualización y recargos que en su caso procedan.