El Servicio de Administración Tributaria puso al alcance de las personas físicas el nuevo “Visor de deducciones Personales”, el cual permite conocer todos los conceptos susceptibles de ser considerados deducciones personales en la declaración anual.
El objetivo de este mismo es que las personas físicas puedan conocer la información correspondiente a los conceptos identificados como deducciones personales, así como los identificados como posible deducción, en los cuales se mostrará el motivo de la no clasificación. En este caso, deberán acudir oportunamente con el prestador de servicios que haya emitido el Comprobante Fiscal Digital (CFDI), a fin de realizar las aclaraciones correspondientes y emita, en su caso, el CFDI con los datos correctos.
Fundamento Legal
Ley del Impuesto sobre la Renta para 2019: Artículo 151.