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El C.P.C. RICARDO JAVIER MENA RODRÍGUEZ integrante de la Comisión Fiscal, realizó un análisis referente al “MAYOR CONTROL Y VIGILANCIA TRIBUTARIA EN LA SUBCONTRATACIÓN LABORAL ‘OUTSOURCING’”. Derivado de la detección de conductas o comportamientos atípicos y de la proliferación del régimen relativo a la subcontratación laboral, y con el propósito de regular y reconocer esta figura en materia laboral, así como establecer las condiciones que deben cumplirse cuando se presenten estas operaciones en aras del bienestar de los trabajadores, se reforma la Ley Federal del Trabajo, a la cual se le adicionó, entre otros, el art. 15-A con vigencia a partir del 1 de diciembre de 2012. Fuente: IMPC - Boletín Fiscoactualidades de septiembre de 2018, núm. 63.
El pasado 1° de septiembre como podrán recordar entraba en vigor el nuevo proceso de cancelación de facturas; sin embargo ese mismo día informó el servicio de administración tributaria una prórroga al 1° de noviembre de 2018 en atención a diversas solicitudes de diferentes actores involucrados en los procesos de facturación.
El 8 de agosto de 2018 pasado se presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma la Ley del Impuesto sobre la Renta en México (LISR) a fin de gravar las herencias, legados y donaciones.
La autoridad dio a conocer reglas de cómo utilizar el nuevo aplicativo en materia de outsourcing “Autorización del contratista para la consulta del CFDI y declaraciones”, disponible en el Buzón Tributario, con el fin de cumplir con las obligaciones previstas en la Ley como requisito para la procedencia de la deducibilidad para efectos del impuesto sobre la renta (ISR) y el acreditamiento del impuesto al valor agregado (IVA) por el pago de estos servicios, tanto para el contratista (outsourcing), como para el contratante (cliente). A continuación, los puntos más relevantes.